INFORMACIÓN DE OFICIO ART. 10

  • Artículo 10. Información pública de oficio. Los Sujetos Obligados deberán mantener, actualizada y disponible, en todo momento, de acuerdo con sus funciones y a disposición de cualquier interesado, como mínimo, la siguiente información, que podrá ser consultada de manera directa o a través de los portales electrónicos de cada sujeto obligado.
  • En cumplimiento a la Ley de Acceso a la Información Pública (Decreto 57-2008), la Municipalidad de Nebaj del departamento de Quiché, pone a su disposición este medio para facilitar el acceso a la información pública de oficio, con el fin de garantizar la transparencia en el manejo y ejecución de los recursos y actos de la administración pública.
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